1. El REMITENTE será responsable de la exactitud de las declaraciones consignadas por él, así como el acreditar la legal estancia en el país y propiedad de la mercancía. En caso de que desee asegurar su mercancía, deberá declarar su valor al 100%. Cuando el REMITENTE no declare el valor del ENVÍO, la responsabilidad de “EN-TREGA” quedará limitada hasta 15 días del valor de la unidad de medida y actualización (UMA) , por tonelada o su parte proporcional según el peso.
  2. “EN-TREGA” entregará el ENVÍO al CONSIGNATARIO debiendo identificarse plenamente con cualquiera de los documentos oficiales para tal efecto (Carta poder, Credencial de elector, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional).
  3. El REMITENTE se obliga a presentar su ENVÍO en condiciones óptimas de empaque y embalaje que garanticen su seguridad al ser transportado.
  4. Queda prohibido enviar los siguientes artículos: dinero, joyas, oro en barras, cheques de caja, valores y documentos negociables, títulos de crédito, vales, metales preciosos, antigüedades, piezas de arte o arqueológicas, artesanías, vinos y licores, explosivos, armas y sus componentes o municiones, productos farmacéuticos, plantas, medicinas, cigarros y cigarrillos, medicamentos sujetos a control de temperatura, estupefacientes, substancias tóxicas o peligrosas por su propia naturaleza, productos perecederos o alimentos, carne seca de pescado, granos a granel, gases comprimidos, productos tóxicos, corrosivos, inflamables, venenos o carga de fácil descomposición y/o que despida malos olores, mercancía pirata, motores o vehículos con combustible, motores y piezas mecánicas sin huacal de madera, menaje de casa, ataúdes con cadáveres, animales vivos, o mercancías o propiedades cuyo transporte esté prohibido o restringido por cualquier estatuto legal del país o por la ley International Air Transport Association. En el caso de resultar ENVÍOS perecederos y que durante su transportación o resguardo llegaran a derramarse o descomponerse, dañar al resto de la carga, “EN-TREGA” podrá sin responsabilidad alguna de su parte, proceder a destruirlos o deshacerse de ellos con costo a cargo del REMITENTE. “EN-TREGA” No tiene la facultad de abrir los ENVÍOS para verificar su contenido sin la presencia del REMITENTE.
  5. REMITENTE debe de notificar al DESTINATARIO sobre los envíos, ya que “EN-TREGA” solo estará obligado a llevar la carga al domicilio del CONSIGNATARIO dos veces. Si el ENVÍO no es retirado causará un costo sobre el servicio por día de completo, y a los 30 días naturales siguientes, aceptan que se proceda a la venta en subasta pública.
  6. Se le recomienda a el REMITENTE que al momento de contratar el servicio de transportación de carga con “EN-TREGA” contratar un seguro que le ampare a su ENVIO, mismo que podrá adquirir de manera voluntaria con “EN-TREGA”.
  7. La póliza de seguro solamente ampara los riesgos durante su transporte hasta el destino solicitado por el REMITENTE, en los casos de entregas a OCURRE, cesara a los 3 días posteriores del arribo del ENVÍO a la sucursal destino. La responsabilidad de “EN-TREGA” inicia en el momento en el que el REMITENTE le entrega el ENVÍO, y termina hasta que se entregue al CONSIGNATARIO correspondiente.
  8. Si al momento de la entrega del ENVIO, resultare alguna pérdida, avería, daño, robo o extravío, el CONSIGNATARIO deberá hacerlo constar señalando la fecha y deberá presentar una carta de reclamación en el domicilio de “EN-TREGA” en un término no mayor a 72 horas.
  9. Cualquier cambio que soliciten sobre los datos generales de facturación, causará un costo por la factura o guía de embarque, siendo el plazo máximo para solicitar tales cambios, dentro del mes calendario de la fecha de facturación.